Jubilación Parcial
Martes, 17 Junio 
Posibilita la compatibilidad entre el percibo de una jubilación del Sistema de la Seguridad Social y un puesto de trabajo a tiempo parcial.
-Trabajadores que hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación y reúnan los requisitos para acceder a la misma sin necesidad de celebrar un contrato de relevo. -Trabajadores que reúnan las condiciones para acceder a la pensión de jubilación con excepción de la edad, que no podrá ser inferior a 60 años. En este caso es necesario celebrar un contrato de relevo.
