Incompatibilidad de Pensiones Corpus Christi
Lunes, 7 Julio 
1. Las pensiones de este Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente. En caso de incompatibilidad, quien pudiera tener derecho a dos o más pensiones optará por una de ellas.
2. El régimen de incompatibilidad establecido en el apartado anterior será también aplicable a la indemnización, prestación sustitutiva de pensión de incapacidad permanente en el grado de incapacidad permanente total.
