Duración del Contrato de Obra California

Viernes, 13 Junio   

· Por el tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo.

·Si fuere superior a un año, para proceder a la extinción del contrato se necesita preaviso con 15 días de antelación a la finalización de la obra o servicio. Si se incumpliera por parte del empresario, existe obligación de indemnizar por el equivalente a los salarios correspondientes al plazo incumplido.

·Si la duración efectiva de estos contratos fuese inferior a siete días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 36 por 100.

·Se transforma en indefinido salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación:

·Por falta de forma escrita.

·Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un plazo igual o superior al período de prueba.

·Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral.

·Asimismo, se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude de ley.