Amortización del Puestos de Trabajo Oaklan Oaklan
Viernes, 13 Junio 
* La extinción de los contratos debe estar objetivamente acreditada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
* Se entiende cuando exista la necesidad, objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo por alguna de estas causas. El empresario acreditará la decisión extintiva en causas económicas, con el fin de contribuir a la superación de situaciones económicas negativas, o en causas técnicas, organizativas o de producción, para superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de la empresa, ya sea por su posición competitiva en el mercado o por exigencias de la demanda, a través de una mejor organización de los recursos.
* Los representantes de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa.
* A través de la negociación colectiva se podrán articular procedimientos de información y seguimiento de los despidos objetivos, en el ámbito correspondiente.
