Acoso Sexual en el Trabajo Laredo
Martes, 9 Octubre 
El acoso sexual, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), consiste en insinuaciones sexuales indeseables o en un comportamiento verbal o físico de índole sexual que pretende interferir, sin razón alguna, en el requerimiento laboral de una persona o crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo.
De a cuerdo con este organismo deben integrarse tres elementos para que haya acoso sexual: un comportamiento de carácter sexual que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionamiento hostil para su trabajo convirtiéndolo en algo humillante.
Existen niveles de conductas de acoso sexual en los que se contemplan la interacción verbal o no verbal, el contenido del mensaje y la presencia o no de contacto físico, explica.
De acuerdo con la OIT, el acoso ha sido clasificado en cinco niveles, según lo agravante de la práctica: abarcan del acoso leve verbal, el acoso moderado no verbal sin contacto físico; el acoso medio fuerte verbal; el acoso fuerte con contacto físico; hasta el acoso muy fuerte con presiones físicas y psicológicas para tener contactos íntimos.
Las consecuencias del acoso sexual son varias y distintas. Entre las principales se encuentra: abandono voluntario del trabajo o despido, sometimiento y silencio para no perder el ingreso, sentido de culpa por la carga cultural “provocadora”, nerviosismo, ansiedad, depresión y trastornos psicosomáticos que terminan por cobrar una cuota en la integridad física y psicológica, expone.
Las mujeres acosadas suelen ser menores de 30 años, en tanto que los acosadores suelen ser mayores de 40 años y jerárquicamente superiores.
